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Historia

El Catastro Nacional, fue instituido en la República Dominicana en el año 1949 como dependencia de la Dirección General de Impuesto Sobre la Renta, mediante la Ley 1927. Esta Dirección desaparece en su primer año de aplicación  y el 30 de Marzo de 1950 mediante la Ley No.2337, pasa a ser dependencia de la Dirección General de Estadísticas, luego el 22 de Enero de 1953, el Catastro Nacional, deja de ser un departamento y es convertido en  Dirección General.

Mediante la Ley 3728 del 7 de Enero de 1954, nuevamente el Catastro Nacional, pierde su categoría y pasa a ser un departamento, esta vez de la Administración General de Bienes Nacionales. Luego, mediante la Ley 4344, del 1ro de Diciembre del año 1955, el Catastro Nacional adquiere nuevamente su categoría de Dirección General, la cual se mantuvo hasta el  año 2005 cuando  con la modificación de la Ley 1542, sobre  Registro de Tierras,  la Ley 317 es derogada por la Ley 108-05 de fecha 23 de Marzo del 2005,  sobre Registro Inmobiliario, que fusionó la Dirección General del Catastro Nacional con la Dirección General de Mensuras Catastrales,  en la realidad estas instituciones nunca se fusionaron, debido a que esta Ley entraba en vigencia dos años después de su  promulgación.

En el periodo del  Presidente de la República Dr. Leonel Fernández Reyna, antes de la entrada en vigencia  de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, el Poder Ejecutivo somete un anteproyecto de ley el cual perimió en su primer intento y es sometido nuevamente por el Diputado, Dr. Radhamés Fortuna Sánchez, siendo este aprobado mediante la Ley 51-07, de fecha 23 de abril del 2007, que modifica la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, devolviéndole su vigencia a la Ley 317,  de fecha  19 de junio de 1968, entendiendo que la Dirección General del Catastro Nacional y la Dirección General de Mensuras Catastrales, tienen funciones distintas, así como  la necesidad de preservar el Catastro como una dependencia del Poder Ejecutivo, debido a que la facultad de recaudar le compete  exclusivamente al Poder Ejecutivo,  conforme lo establece la Constitución de la República; pues el Catastro Nacional funciona como oficina auxiliar recaudadora en materia impositiva, dando soporte a otras instituciones del Estado, las cuales se basan en las tasaciones de inmuebles.

Años más tarde, la Ley 317, fue derogada por la Ley 150-14, sobre Catastro Nacional, que rige actualmente  esta institución.

Como podemos observar la Dirección General del Catastro Nacional, juega un papel muy importante dentro de la administración pública, pues para el desarrollo y progreso del país, es absolutamente necesario que el poder ejecutivo cuente con un catastro organizado, que permita en forma rápida y oportuna la obtención de los datos físico, jurídico y económico de todos los bienes inmuebles del territorio Nacional.